HIDROTAMBO S.A. ACAPARA EL AGUA – CEDHU (2024)

Una vez más, la empresa hidroeléctrica retiene el agua del río Dulcepamba en la provincia de Bolívar

¡Las comunidades afectadas exigen que el MAATE actúe!

El Ministerio de Ambiente, Agua y Transición Ecológica “MAATE” ha dejado en el limbo durante más de un año la apelación de la reversión de la autorización de aguas de Hidrotambo por su total incumplimiento de las órdenes estatales e ignora durante cinco meses la medida de ejecución forzosa presentada por las comunidades afectadas

Las 140 comunidades de la cuenca del río Dulcepamba, de los cantones Chillanes y San Miguel de la provincia Bolívar, denuncian lainacciónpor parte de laAutoridad del Agua, el Ministerio de Ambiente, Agua, y Transición Ecológica “MAATE”, ante losincumplimientos reiterados de lacompañía hidroeléctrica Hidrotambo S.A.respecto a las condiciones de su permiso de aprovechamiento de las aguas del río Dulcepamba. Hoy, una vez más,sin permiso, y de manera arbitraria,Hidrotambo habloqueado el flujo del río Dulcepambay lo ha desviado fuera de su cauce mediante tuberías, dejando al río con un caudal extremadamente mínimo por casi tres kms.

Hidrotambo ha incumplido constantemente con la resolución SENAGUA No. 2018-008, que está en firme desde 2019. La resolución modifica su autorización de aguas bajo las siguientes condiciones:

  • Hidrotambo S.A. solo puede captar las aguas del río Dulcepamba para su central entre los meses de diciembre y julio, ya que en los otros meses el agua estáreservadapara satisfacer los usos priorizados en la Constitución (Art. 318) y la Ley de Aguas (LORHUyAA, Art. 86) de las comunidades y la naturaleza de la cuenca del río Dulcepamba;
  • Hidrotambo tiene que dejar un caudal mínimo 1,46 m3por segundo en todo momentopara proteger a la vida acuática del río y las funciones y ciclos vitales de la naturaleza;

Hidrotambo tenía 2 años para rediseñar y reconstruir sus obras que debía incluir la devolución del cauce del río a su orientación original, debido a que el diseño actual de la central ha causado erosión e inundaciones devastadoras en la comunidad San Pablo de Amalí casi cada invierno entre el 2014 y la actualidad. Estas erosiones e inundaciones han

  • cobradotres vidas humanas, destruido 14 viviendas y partes de 33 fincas familiares, además de inhabilitar la única vía de acceso a la comunidad, año tras año.

Hidrotambo ha incumplido con todas estas obligaciones durante más de cuatro años.La Agencia de Regulación y Control del Agua (ARCA) y el mismo MAATE han registrado estos incumplimientos en sus informes múltiples veces.[1]

El 30 de mayo de 2023, el MAATEREVIRTIÓ la autorización de aprovechamiento de aguas otorgada a Hidrotambo por todos estos incumplimientos.Hidrotambo apeló la reversión, y la decisión ha permanecido en manos de la máxima autoridad del MAATEdurante más de un año, a pesar de que el plazo para la resolución de tales apelaciones es, como máximo, 90 días. En la práctica,la Autoridad de Agua ha fracasado completamente en su deber de controlar el cumplimiento de Hidrotambo, lo cual ha provocado continuas violaciones de los derechos humanos y de la naturaleza.

Por ello, las comunidades presentaron al MAATE el 26 de enero de 2024, una medida deEjecución Forzosa, bajo los artículos 235 del COA y 162 del ERJAFE.Peroel MAATE no ha avanzado con el trámite (Nro.MAATE-DA-2024-2079-E)por más de 5 meses.Dado a la inacción, las comunidades han presentado múltiples insistencias, sin que el MAATE actúe:

  • Primer impulso procesal:13 de mayo, con número de trámite MAATE-DA-2024-6628-E.
  • Segundo impulso procesal:29 de mayo, con número de trámite MAATE-DA-2024-7431-E.
  • Tercer impulso procesal:06 de junio, con número de trámite MAATE-DA-2024-7777-E.
  • Cuarto impulso procesal:18 de junio, sin que MAATE asigna número de trámite.
  • Quinto impulso procesal:2 de julio, sin que MAATE asigna número de trámite.

Nos preguntamos,¿Cómo es qué, en un Estado constitucional de derechos, ha llegado a sertan difícillograr que la autoridad de control simplemente ejecute supropiaresolución?

Hidrotambo ha anunciado públicamente su intención de acudir al Tribunal Distrital del Contencioso Administrativo en el caso de perder la apelación en el proceso de reversión No. MAATE-2023-047-H, y los procesos en dicho tribunal suelen durar múltiples años, por lo que es URGENTE que el MAATE realice de inmediato la ejecución forzosa de la resolución 2018-008—caso contrario, la comunidad y el río estarán en una situación de indefensión ante peligrosas inundaciones que son constantes en el invierno y la destrucción de la vida acuática del río en verano, además de la falta de acceso al agua para consumo.

Por ello, los habitantes de las 140 comunidades instan a que MAATE:

  1. De inmediato,realice la ejecución forzosade la resolución del recurso extraordinario de revisión 2018-008;
  2. como próximo paso,ratifique la reversión de la autorización de aguas de Hidrotambo S.A. en segunda instancia, debido a sus violaciones de los derechos fundamentales de las comunidades y la naturaleza de la cuenca del río Dulcepamba que ha cometido de forma constante y de mala fe, durante más de 20 años.

Contactos de prensa:comunicaciones@proyectodulcepamba.org;+593-99-960-7056.

[1]Agencia de Regulación y Control del Agua,Informe Técnico de Hallazgos Evidenciados en la Visita in Situ al Proyecto Hidroeléctrico San José del Tambo (Hidrotambo S.A.),proceso No. DH-MA-CAC-CH-2019-278 (Nov. 2020); Informe Técnico de Control de Cumplimiento de Obligaciones Contempladas en las Autorizaciones de uso y/o Aprovechamiento Productivo Del Agua ARCA-2021-CN-DRH-DZ5-04-IC-AUAA-001 (Jan-2021); Informe Técnico de Control de Cumplimiento de Obligaciones Contempladas en las Autorizaciones de uso y/o Aprovechamiento Productivo Del Agua, ARCA-2021- CN-DRH-DZ5-04-ICAUAA-006 (Dic. 2021); Ings. Rosa Pilco VeintimillaySara Rodríguez Loor, Informe técnico proceso de reversión 4542-2022, I.T. Nro. 005-MAATE-DZ5-RH.SRL-2023,MAATE, 31 de enero de 2023.

HIDROTAMBO S.A. ACAPARA EL AGUA – CEDHU (1)
HIDROTAMBO S.A. ACAPARA EL AGUA – CEDHU (2024)

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